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martes, 26 de abril de 2022

CONCILIACION VIRTUAL............CON CUSCO-AREQUIPA-PUNO---TACNA-


 
                      CONCILIADOR EXTRAJUDICIAL 

            PEDRO ALEJANDRO REYES RAMOS

      DIRECTOR GENERAL CENTRO CONCILIACION

                            HANS KENSEL. 

 


 


jueves, 3 de febrero de 2022

CONCILIACION CON HIJOS--POR PENSION DE ALIMENTOS-----CEL 917027195---S/.400 SOLES---

 


Los medios probatorios tienen por finalidad acreditar los hechos expuestos por las partes, producir certeza en el Juez respecto de los puntos controvertidos y fundamentar sus decisiones. En conciliación se usan para ponerlos como anexos, de su solicitud. Así se prueba que es una conciliación real, NO INVENTADA PARA SIMULAR GASTOS QUE UD NO TIENE, NI REALIZA.

PENSION DE ALIMENTOS PARA HIJA UNIVERSITARIA

Si Ud. dice que va a conciliar Pensión de Alimentos con una hija adulta que estudia, Ud. debería presentar al centro de conciliación lo siguiente:

·       Copia de su DNI y Partida de Nacimiento.

·       Copia de su Matricula en el último Ciclo de Estudios Universitarios.

·       Copia de Ficha de Ingreso a la Universidad.

·       Copia de últimos Comprobantes de Pagos, a la Universidad.

·       Solicitud firmada por Ud. y ella, de mutuo acuerdo.

·       Copia de DNI del padre.

·       Debe especificar si dará la pensión en dinero o no, indicando monto, fecha de pago, banco y(o persona a quien entregara la pensión.

·       UNA VEZ FIRMADA LA CONCILIACION DE MUTUO ACUERDO, LA CONCILIANTE PODRA EJECUTAR EL ACTA SI UD NO CUMPLE CON LOS ACUERDOS FIRMADOS QUE SON SOBRE:

·       Monto de la Pensión.

·       Fecha de Pagos.

·       Nombres y Apellidos de la Beneficiaria.

·       Lapso de Tiempo, que durara este beneficio y condiciones, para mantenerlo.

·       Acuerdo en caso de incrementos del costo de vida.

 

LA MADRE DEL MENOR DEBE PARTICIPAR.
 



AV VILLA MARIA 483--FRENTE A POLICLINICO VILLA MARIA-----COSTADITO MERCADO SAN FRANCISCO

 

VEN EN EL TREN ELECTRICO A ESTACION VILLA MARIA---A TRES CDRA DE AQUI ESTAMOS.


 

miércoles, 2 de enero de 2019

Como reclamar una Pensión de Alimentos justa y equitativa

Como obtener una Pensión de Alimentos justa




¿CUANTO LE DEBEN DE DAR COMO PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La interrogante sobre cuál es el monto mínimo que se puede solicitar o que se puede obtener por pensión de alimentos, es una de las que más nos hacen llegar hombres y mujeres que tienen el cuidado personal de sus hijos. ¿Por qué? Simplemente porque, lamentablemente, la tónica en nuestro país son padres que se desentienden de sus hijos, que no pagan la pensión de alimentos fijada por el Tribunal o que indican estar cesantes, aunque en los hechos desarrollan labores informales lo que hace imposible demostrarles renta.
Sin embargo, el legislador advirtió este fenómeno y, entendiendo que aunque los padres se encuentren cesantes, de todas formas deben alimentar a sus hijos, por lo que estableció un monto mínimo para la pensión de alimentos.
En Perú la pensión de alimentos, suele fijarse en el 60 % de lo que gana el padre. El 60 % de su sueldo mensual.

CALCULANDO UNA PENSIÓN DE ACUERDO A LA LEY
Si su pareja gana 1,200 soles mensuales, a ud le deberían dar una pensión de 720 soles.
Muchos padres, suelen trabajar de modo eventual, en talleres mecánicos, construcción civil y piden no figurar en planillas, para no poder ser detectados sus ingresos.
Los jueces toman en cuenta el primer interés del niño y suelen,  dar pensiones de 400 nuevos soles, aunque hay casos que dan a penas 300 soles.
Cuando son tres hijos, hay sentencias que han fijado 150 soles para cada hijo mensual, lo que es bastante poco, si se toma en cuenta que hay que dar a cada niño, ademas de alimentos, también educación, libros, pasajes para ir al colegio, ropa, incluso tratamiento medico.
La propia ley, el Código Civil, tiene algunos artículos que permiten que el obligado con un buen abogado, evite que le hagan pagar una pensión justa.
El mayor error es acudir a "un abogado gratuito"
Por lo general, estos abogados, poco les importa como resulte su caso, la miseria que obtenga de pensión, porque ellos mismos ganan miserias del Estado.
Hay muchísimas denuncias en todo Lima, que los abogados gratuitos de los Módulos, alargan los procesos de modo exagerado, no tramitan a tiempo los documentos, no hacen cumplir las sentencias, se coluden con el obligado, etc,etc.
Lo barato sale muy caro.
Pero ud nada puede reclamar, porque al fin de cuentas, ud no paga nada y como no paga nada, pues tiene y debe contentarse, con lo que le den o hagan por ud.
Tenga mucho cuidado, con "el abogado gratis", no le extrañe que el padre de sus hijos, demore en darle una pensión de alimentos tres a cuatro años.....o que el abogado gratuito le diga, que su Partida de Nacimiento no sirve, no vale, para que ud no haga la demanda......
Si quiere justicia, le sugerimos, le aconsejamos, busque un abogado particular. Alguien que vera su caso, con prontitud, buscando defender su interés, porque para eso "ud le paga".
Miles de mujeres, prefieren por no pagar nada, esperar años y años o recibir 100 soles de pensión, lo cual es una burla, una verdadera tontería, en estos tiempos.

EL VALOR DE LA CONCILIACIÓN POR ALIMENTOS
Otra salida a su problema podría ser una Conciliación Extrajudicial.
Si el invitado viene, firma un acta de acuerdo total de las partes, pues ud ya tiene un titulo exigible. Es decir, si no cumple la podrá ejecutar en el Juzgado de Familia.
En lugar de ir a un juicio por dos años, para una pensión de alimentos, una conciliación podría resolver su problema, en dos semanas. 
Si. En dos semanas ud podría tener ya un documento exigible.......
Hay centros de conciliación gratuitos, comuníquese con el Ministerio de Justicia.
Hay centros de conciliación baratos, pero trate directamente, no vaya a un estudio jurídico a solicitar este servicio, porque le doblaran el precio, para ganar ellos una buena comisión, tajada, a costa de su pobreza, de su necesidad.

Y SI NO PAGA UD PUEDE EJECUTAR EL ACTA DE CONCILIACION  Y OBLIGAR AL SINVERGUENZA A PAGAR LOS ALIMENTOS DE SUS HIJOS.......
¿QUE DICE LA LEY SOBRE PENSIÓN DE ALIMENTOS?
1.1. El padre esta obligado a dar alimentos a sus hijos. Los alimentos se dan en proporción a lo que gana el obligado. Si el obligado no trabaja, no puede dar los alimentos, deberán de darlos: sus hermanos, sus padres. 
1.2. La pensión de alimentos puede aumentarse según las necesidades de los hijos y la madre. Ud puede pedir que le aumenten la pensión de alimentos.
1.3. El proceso de alimentos es sumarísimo, breve, máximo de seis meses de duración, la madre no paga ninguna tasa judicial. El proceso es totalmente gratuito para la madre.
1.4. La madre puede pedir una asignación anticipada de alimentos. Y si logro por sentencia sacar una pensión de alimentos, podría luego , si el padre nunca dio nada al menor, solicitar una"indemnización por daños y perjuicios. Para con esa indemnización cubrir los años que no dio nada el padre. Algunas personas solicitan 4 mil soles de indemnización por daño: moral, económico, psicológico, etc.
1.5. Aunque su hijo, hija no haya sido reconocido ud puede reclamar , pedir una Pensión de Alimentos, para ellos. Hans Kensel Abogados le puede ayudar a ud, al mas bajo costo, para :
a.- Reconocimiento de su hijo por el padre.
b.- Pensión de Alimentos para menor de edad.
c.- Liquidación de Devengados por no haber pagado el padre, lo ordenado por el juzgado.
d.- Ejecución de Acta de Conciliación Extrajudicial, por no haber cumplido con pagar la pensión de alimentos acordada.
Derechos de las madres casadas por civil.
Ud puede reclamar:
a.- Una Pensión de Alimentos para sus hijos.
b.- Una Pensión de Alimentos para ud por ser Esposa-por Matrimonio Civil.
c.- Una Indemnización por Daños y Perjuicios por Abandono económico, moral, destrucción de su proyecto de vida.
d.- Aumento de la Pensión de Alimentos  que fijo el juez, por alza de costo de vida y mayores gastos por ser sus hijos adolescentes.






miércoles, 28 de febrero de 2018

PENSION DE ALIMENTOS EN CORTO TIEMPO

DEMANDAS DE FAMILIA---COSTO 60 SOLES---EN 90 DIAS AUDIENCIA UNICA--CON SENTENCIA----TELEFONO 2768760--REQUISITOS: PARTIDA DE NACIMIENTO ACTUALIZADA DEL MENOR---COPIA SIMPLE DE SU DNI---DIRECCION DEL OBLIGADO---SI NO LA SABE--ESO NO IMPORTA---EL JUZGADO NOTIFICARA POR EDICTO----
AV CESAR CANECARO MZA M-LOTE 13- 2DO PISO---ANEXO DOS ------COSTADO CENTRO DE CONCILIACION HANS KENSEL---SJM--ATENCION URGENTE CEL 964344568---BIENVENIDOS----MUY IMPORTANTE: LAS MUJERES QUE DEMANDAN NO PAGAN TASAS JUDICIALES-OJO---
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jueves, 25 de enero de 2018

DERECHOS DE LA MUJER CASADA

¿ERES CASADA Y TU ESPOSO TE

 ABANDONO, CON TUS HIJOS NO TE DA

 ALIMENTOS?



¿ERES CASADA Y TU ESPOSO TE ABANDONO, CON TUS HIJOS NO TE DA ALIMENTOS?
TOMAMOS TU CASO CON TAN SOLO S/. 80 SOLES
REQUISITOS:
·       PARTIDA DE MATRIMONIO
·       PARTIDA DE NACIMIENTO DE TUS HIJOS
·       COPIA DE TU DNI
NO TENDRÁ NINGÚN COSTO ADICIONAL, PORQUE FIRMAREMOS UN CONTRATO Y LE HAREMOS PAGAR A TU ESPOSO, TODOS LOS COSTOS DEL PATROCINIO.

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