Tratamiento temprano con Hidroxicloroquina e Ivermectina es una alternativa segura, según el Minsa
El miembro del Comité de Expertos, Eduardo Gotuzzo, señala que estos fármacos deben indicarse de forma ambulatoria en pacientes con riesgo, desde los centros de salud.
El médico infectólogo Eduardo Gotuzzo, miembro del comité de expertos del Ministerio de Salud (Minsa) en el marco del estado de emergencia por el nuevo coronavirus (COVID-19), sostuvo que el uso de la hidroxicloroquina e ivermectina en fases tempranas de la enfermedad y como parte de un tratamiento ambulatorio en pacientes COVID-19 con riesgos, otorgado por el sistema de salud, puede traer buenos resultados.
Explicó que si bien no existe tratamiento aprobado en el mundo que cure el coronavirus, se debe hacer el máximo de los esfuerzos para reducir la progresión de la pandemia y en ese sentido, señaló que por esta razón se están usando los citados fármacos.
Gotuzzo remarcó que es importante recordar que enfrentamos un virus de rápida diseminación con mortalidad elevada a partir de 50 años y en grupos de riesgo. En ese sentido, indicó que hay que mantener una mirada en el inicio de la enfermedad y seguir reforzando la atención primaria de salud con estos medicamentos que son seguros y representan una alternativa seria y potencialmente efectiva.
MARTIN VIZCARRA...FAVORECIO A MILLONARIOS DEL AGRO, CON DECRETO DE URGENCIA Y PERJUDICABA A LOS TRABAJADORES AGRARIOS DE TODO PERU.
Por 114 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones, la representación nacional dio luz verde al Proyecto de Ley 5759 que propone derogar la Ley N° 27360, que aprueba normas de promoción del sector agrario. La norma fue exonerada de segunda votación.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Anthony Novoa (Acción Popular), señaló que la ampliación de la Ley 27360 hasta el 2031 se dio sin tomar en cuenta al trabajador.
La Ley 27360, Ley que aprueba las Normas de Promoción del Sector Agrario, estableció beneficios laborales y tributarios para las empresas especializadas en las actividades de cultivo y/o crianzas, acuícola y agroindustrial. Aunque surgió como una norma transitoria, su vigencia aún continúa y se pretende extender hasta el 2031, gracias al Decreto de Urgencia 043-2019, publicado en el gobierno de Martín Vizcarra.
ODEBRECHT ES UNO DE LOS MAS IMPORTANTES INVERSIONISTAS EN AGROEXPORTACION....SU SOCIO OBRAINSA ES DUEÑO DE CAYALTI...COMPLEJO AZUCARERO....
Hoy, uno de los complejos azucareros más importantes del siglo pasado en el Perú, vive agonizante y bajo la sombra de la constructora Obrainsa , asociada de Odebrecht, con uno de sus accionistas comprendido en una investigación por crimen organizado y el otro con una orden de prisión preventiva por los mismos hechos.
ODEBRECHT PARTICIPA DE NEGOCIO MULTIMILLONARIO....DONDE A LOS TRABAJADORES DEL AGRO LES PAGABAN 40 SOLES POR DIA DE TRABAJO...........UNA MISERIA.....
Como sabemos, en comparación los derechos establecidos en el régimen laboral general (Decreto Legislativo 728), el trabajador agrario cuenta con unas limitaciones de reconocimiento de derechos laborales.
Al respecto, el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Anthony Novoa (Acción Popular), señaló que la ampliación de la Ley 27360 hasta el 2031 se dio sin tomar en cuenta al trabajador.
LA NORMA BENEFICIA UNICAMENTE A LAS EMPRESAS MILLONARIAS Y SOMETE AL TRABAJADOR AGRARIO A UNA EXPLOTACION ABUSIVA, OBLIGANDOLE A TRABAJAR POR MISERIAS.............
La norma bajo comentario busca reducir costos laborales y tributarios con el fin de promover la inversión en esta clase de actividades.
Sin embargo para muchos economistas el boom de la actividad agropecuaria no se ha reflejado en los derechos laborales de los trabajadores que pertenecen a este régimen.
De esta manera, si bien han crecido las exportaciones gracias a diversos tratados comerciales y campañas de promoción reflejando un crecimiento en esta actividad, los trabajadores no lo han palpado en sus beneficios quienes perciben una remuneración mínima sin incentivos y sin mejoras en las condiciones laborales.
¿PORQUE SE PIDE LA DEROGACION DE ESTA LEY FUNESTA?
Se pide la derogación de la Ley 27360, puesto que permite la reducción de los beneficios sociales. Por otro lado, el esquema normativo de la Ley dificulta la sindicalización por la inclusión de las service; asimismo, se pide que se aumente la remuneración, pues las empresas continúan con los beneficios tributarios.
LEY SOLO GENERA POBREZA Y EXPLOTACION PARA LOS TRABAJADORES AGRARIOS.........Y MULTIMILLONARIAS GANANCIAS , PARA LAS EMPRESAS INVOLUCRADAS, EN LA AGRO EXPORTACION.........
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DIJO QUE ESE REGIMEN ASESINO, ABUSIVO, QUE CONSAGRA LA EXPLOTACION DEL HOMBRE POR EL HOMBRE, QUE ENRIQUECE A MULTIMILLONARIOS, DANDOLES EXONERACIONES TREMENDAS....ERA TOTAL Y ABSOLUTAMENTE CONSTITUCIONAL..............
En Perú hay la costumbre de
llamar “héroe”, a cualquier pelagatos, resentido social, personaje oscuro que
usa su cargo para hacerle maldades a personas que la población odia. Y cuando
se trata de tirarse abajo gobiernos, para defender a un corrupto, que les daba
millonarios contratos, con más razón, la prensa peruana, crea ”héroes de ficción”.
Se pretende decir, que las
protestas que ocurrieron durante la efímera presidencia de Manuel Merino de
Lamas, fueron por el hartazgo de la población, con la corrupción.
Pero eso, los que vivimos en
Perú, sabemos, que es mentira.
Las protestas surgieron
alentadas, promovidas desde los canales de televisión. Fueron ellos quienes
trasmitieron a nivel nacional, varias mentiras.
Decían que a nivel nacional hubo
marchas multitudinarias y no era así.
Las había en Lima, Capital. En
provincias eran ralas, pequeñas marchas, pero las hubo.
Pero lo que no informan los
medios, es que en esas marchas multitudinarias como ellos llaman, el 40% de los
que participaban eran : rateros, arrebatadores, desempleados, personas de zonas
empobrecidas, que vieron, en esto de “la protesta”, una oportunidad, para salir
a robar, en el centro histórico de Lima, que destruyeron.
Y no me digan que yo escribo
infamias, porque allí están los numerosos cajeros automáticos de los bancos,
ubicados en el centro de Lima, destruidos por los marchantes.
Ni que decir de los
numerosos autos patrulleros de la policía, que fueron atacados, averiados, quemados
en las calles.
¿Tiene alguna culpa el vehículo,
de que el Congreso valientemente sacara a “un hampón de Palacio de Gobierno?
No.
No la tienen, pero numerosos
de ellos fueron quemados, atacados a pedradas, sus lunas destrozadas.
Hubieron numerosos arrebatos
de celulares, también robos al paso, varias viviendas, locales comerciales
fueron atacados, pero de esto no se da cuenta, se esconde, se oculta, para no
opacar, la supuesta marcha de un pueblo indignado.
Las marchas de protestas en
Lima, alentadas por los canales de televisión, fueron actos vandálicos, que
violo las normas del estado de emergencia sanitaria.
Las marchas y protestas
estaban totalmente prohibidas, pero se realizaron, con el aplauso de los
canales de televisión.
Canales de televisión, que
desde sus alocuciones, conminaban al Tribunal Constitucional a pronunciarse,
por lo que ellos consideraron “un golpe de estado contra su benefactor: Martin
Vizcarra Cornejo”.
Pero el tiempo, demostró,
que el supuesto Golpe, no fue tal.
Luego de que el propio
coimero ( anti patria, pro minero, corrupto) ex presidente Martin Vizcarra
Cornejo, llamo insistentemente, a que se pronunciara el Tribunal
Constitucional. Esta instancia, le respondió a él y a todo el país:
“Se declara: IMPROCEDENTE,
la demanda competencial”.
Y allí terminaron las
esperanzas de Martin Vizcarra, de ser repuesto en el cargo. Los Canales de Televisión,
quedaron estupefactos, con la valiente respuesta del Tribunal Constitucional de
Perú. Hasta la OEA metió sus narices, conminando al TC peruano a que se
pronuncie, sobre el supuesto golpe. Pero todo fue adverso para ellos, para
Martincito y los Canales de Televisión de Perú.
A los seguidores del
vizcarrismo y a una gran corte de sus ayayeros (de todos los canales de televisión
peruana), lo que hizo el tribunal máximo peruano, fue: “lavarse las manos”.
Y corrieron luego a
presentar como héroes de la democracia a dos mozuelos, desconocidos para el país,
que participaron de los disturbios, marchas que terminaron con el robo a cajeros automáticos de bancos y quema
de autos patrulla de la policía, en el centro de LIMA.
Y hasta murales les
pintaron, intentado absurdamente de perennizar, a estos dos desconocidos, como
si se tratasen de un ejemplo a seguir, de un modelo, para la juventud peruana.
Lo cual es inaudito.
Menos mal, con buen
criterio, un grupo de patriotas, defensores de la legalidad, acudieron en
autos, a los murales infames, para borrarlos, sacarlos de las calles, porque
luego de los destrozos que sufrió Lima CAPITAL, la quema de vehículos de la policía
y el robo de numerosos cajeros automáticos de bancos, se le levante un altar a
un par de: “Don nadies”.
BORRAN MURALES ALUSIVOS A SEUDO HÉROES DE MARCHAS EN LIMA
Cámaras de la Municipalidad de Lima registraron como desconocidos borraron con pintura blanca el mural en memoria de los fallecidos en las manifestaciones, Inti Sotelo y Bryan Pintado. El hecho ocurrió en la madrugada de hoy.
Tras la tragedia, el lugar se llenó de carteles y flores que honraban a los fallecidos. A pesar de no generar perjuicio, se registró en vídeo cómo desconocidos destruían el espacio que se había instalado. La Municipalidad de Lima informó un comunicado aseguró que trabajan por dar con el paradero de las personas responsables de estos actos y que volverán a pintar el mural.
Por otro lado, el mural pintado en honor a Sotelo y Pintado también fue atentado. La grabación que brindó la Municipalidad de Lima y publicó Canal N, se evidencia como varios desconocidos bajaron de una camioneta blanca, con placa BDV709, y borraron con pintura blanca el mural que se pintó en honor a los jóvenes que murieron en las manifestaciones. Los responsables habrían dejado una inscripción impresa frente al mural borrado: «La pared se limpia, los muertos no regresan».
Mientras que el
pueblo lucha por ver a su líder libre, para que asuma la conducción del país a
una democracia popular plena, donde todos puedan acceder a los beneficios de producción
nacional, con sueldos más justos y empleos bien pagados, acceso al agua, luz,
saneamiento urbano, vivienda y educación universitaria gratuita, el sistema legal,
capitalista, le cierra las puertas a Antauro Humala.
Corte de Cajamarca rechaza habeas corpus presentado por Antauro Humala
Además, multó con S/ 4,300 al abogado suscrito en demanda
El órgano jurisdiccional superior concluye que los demandantes y sus abogados han presentado en forma reiterada similares demandas de habeas corpus, que fueron declaradas improcedentes por la magistratura nacional. Foto: ANDINA/Difusión
22:59 | Cajamarca, nov. 26.
La Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca rechazó, por unanimidad, el recurso de habeas corpus presentado para la liberación de Antauro Igor Humala Tasso.
El presidente de la sala, Fernando Bazán Cerdán, y los magistrados Lilian Mercado Calderón y Jorge de la Cruz Medina confirmaron la resolución del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cajamarca, emitida el 11 de setiembre del 2020,que declaró improcedente preliminarmente el recurso formulado por Enrique Bernal Solano y Ricardo Aguilera Ulloa, en representación de la Coordinadora Nacional Anticorrupción del Perú.
La sala analizó los fundamentos de la resolución impugnada y verificó que presenta una motivación razonada y suficiente de los presupuestos para declarar improcedente la demanda de habeas corpus, al haberse establecido que la pretensión de los demandantes no forma parte del contenido constitucional de los derechos fundamentales a la libertad personal, a la vida, a la salud y a la integridad personal.
El órgano jurisdiccional superior concluye en que los demandantes y sus abogados han presentado en forma reiterada similares demandas de habeas corpus en los distritos judiciales de Lambayeque, Lima, Puno, Piura, San Martín, Huancayo y La Libertad, que fueron declaradas improcedentes por la magistratura nacional, además de infringir sus deberes de actuar como servidores de la justicia y de proceder con sujeción a los principios de probidad y veracidad, según estipula la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Los magistrados de la Sala Penal de Apelaciones impusieron al abogado suscrito de la demanda del habeas corpus, César Milla Ormaeche, la multa de diez unidades de referencia procesal (URP) conforme a ley, equivalente a 4,300 soles.
Ninguna amenaza
Respecto al presunto riesgo de la vida y la salud de Antauro Humala no se aprecia ninguna amenaza o vulneración a sus derechos en su condición de interno en un establecimiento penitenciario; tampoco ha recibido un tratamiento inadecuado o irrazonable vinculado al covid-19; por lo tanto, la sala desestimó el argumento de apelación vinculado a la procedencia del habeas corpus correctivo.
Por último, los magistrados resolvieron declarar improcedente la demanda en razón de que los hechos supuestamente afectantes no se encuentran vinculados al ámbito de la competencia territorial de los jueces constitucionales del distrito judicial de Cajamarca.
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CON ALEGRÍA EL PUEBLO PERUANO RECIBIÓ LA RESPUESTA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, SOBRE --LA DEMANDA COMPETENCIAL INTERPUESTA POR EL EX DICTADOR MARTIN VIZCARRA CORNEJO.
LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO LA DECLARON: IMPROCEDENTE
¿QUE ES IMPROCEDENTE?
LA IMPROCEDENCIA ES UNA CALIFICACIÓN NEGATIVA POR LA QUE SE RECHAZA LA DEMANDA AL CARECER DE REQUISITOS DE FONDO QUE TIENEN QUE VER CON LOS PRESUPUESTOS PROCESALES Y LAS CONDICIONES DE LA ACCIÓN.-----
UNA DEMANDA JUDICIAL SE RECHAZA POR IMPROCEDENTE CUANDO EL JUEZ COMO MEDIDA PRELIMINAR AL TENER QUE CALIFICARLA, LA EXAMINA Y COMPRUEBA QUE NO CONTIENE LOS MINIMOS REQUISITOS DE FONDO, QUE SON EXIGIDOS POR LEY, PARA PODER ADMITIRLA.
LA PATINADA DE LOS CANALES DE TELEVISION Y EL EX DICTADOR.......
MARTINCITO Y LOS CANALES DE TELEVISION, APOSTARON A----ORGANZIAR PROTESTAS CALLEJERAS, MARCHAS Y CONTRA MARCHAS---POR LAS CALLES---EN LA CREENCIA QUE----EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.----SALDRIA A-----DEFENDER --AL DICTADOR-----Y DECLARARIA SIN PENSARLO DOS VECES-----FUNDADA LA DEMANDA E INCLUSO ORDENARIA--LA REPOSICION DE MARTIN VIZCARRA CORNEJO, EN EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA-----------
PERO NO FUE ASI..........LOS CANALES DE TELEVISION, PESE A QUE USARON A LAS MEJORES HUALIPOLERAS DEL EX GOBIERNO EN SUS PROGRAMITAS------ATV---AMERICA TELEVISION---CANAL N----PANAMERICANA TELEVISION-----SE FUERON DE NARICES-----------
Y ERA LÓGICO QUE ASI FUERA POR QUE ----¿QUE COSA SABE UN PERIODISTA-MERCENARIO---DE DERECHO CONSTITUCIONAL, DERECHO CIVIL---?
NO SABEN NADA........SON NEOFITOS EN LA MATERIA----
PENSABAN -NUESTROS PERIODISTAS DE DIA DOMINGO Y OTROS DE HORARIO ESTELAR---DE LUNES A VIERNES, ---QUE LAS MARCHAS, CON MUERTOS Y TODO SERIAN-------SUFICIENTE JUSTIFICACIÓN, PARA QUE ----EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL----CUAL SI FUERA UN ARBITRO DECLARARA ---NULO----EL TREMENDO GOL POR LA HUACHA QUE LE METIO----EL CONGRESO A MARTIN VIZCARRA CORNEJO------
SACÁNDOLO DE LOS PELOS DE PALACIO DE GOBIERNO---DEJANDO A MARTINCITO , PARA LA HISTORIA NACIONAL, COMO UN PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE PERU, VACADO POR CORRUPTO, POR SU PERMANENTE INCAPACIDAD MORAL-----------------
QUEDA CLARO, QUE EL AUTOR DEL GOL MANUEL MERINO DE LAMAS, NO COMETIÓ NINGÚN GOLPE---NI NINGÚN ABUSO CONTRA EL SINVERGUENZA EX PRESIDENTE.........105 CONGRESISTAS LO VOTARON DE PALACIO, PORQUE MARTIN VIZCARRA ERA UNA VERGUENZA NACIONAL------
TC declara improcedente demanda competencial que interpuso Martín Vizcarra por vacancia presidencial
Rechazaron la ponencia los magistrados Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón; mientras que Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña la apoyaron.
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró este jueves, por mayoría, improcedente la demanda competencial sobre la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral que interpuso el Gobierno del expresidente Martín Vizcarra en contra del Legislativo, en marco del primer pedido frustrado de destitución por el caso ‘Richard Swing’.
Rechazaron la ponencia -elaborada por Marianella Ledesma (presidenta del TC) y que recomendaba admitir la demanda- los magistrados Augusto Ferrero, Manuel Miranda, Ernesto Blume y José Luis Sardón; mientras que Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña la apoyaron.
Según se supo, la mayoría de los tribunos decidieron resolver por la «sustracción de la materia», evitando emitir una interpretación del artículo 113 de la Constitución, inciso 2.
Entre las primeras reacciones, el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga señaló que esta decisión desbarata las insinuaciones de que el Congreso de la República incurrió en un golpe de Estado al destituir recientemente a Martín Vizcarra.
«No es un momento para celebrar porque han sido circunstancias traumáticas para el país, pero finalmente en el Tribunal se ha impuesto una mayoría, señalando que no ha habido menoscabo de competencias en lo que hizo la vacancia contra el presidente Martín Vizcarra», indicó el abogado.
Como se recuerda, Vizcarra planteó una demanda competencial ante el TC en torno al primer pedido de vacancia que formularon varias bancadas del Parlamento luego de que se difundieran varios audios por el caso ‘Richard Swing’, en los que, por ejemplo, se le escucha al exmandatario coordinar con sus asesores cómo mentir ante el Ministerio Público y el Congreso acerca de las visitas del polémico cantante a Palacio de Gobierno.
De acuerdo al entonces dignatario, el Poder Legislativo no estaba realizando una interpretación adecuada de la causal de permanente incapacidad moral en su contra. El exjefe de Estado recordó, asimismo, que las acusaciones que desde hace meses se vienen dando en su contra, por medio de reportajes periodísticos, consisten en hechos todavía no corroborados por el Ministerio Público.