Conoce cuáles las sanciones más comunes impuestas por el Ministerio de Trabajo
Breve repaso por el estudio ‘Sanciones por infracciones contra la Salud y Seguridad en el trabajo en empresas de Perú, 2011-2013’ para determinar cuáles son las faltas más recurrentes respecto a temas de seguridad. Además, un introducción a las responsabilidades del empleador según la Ley 29783.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. Las sanciones más frecuentes por temas de seguridad laboral
Una manera de evaluar la situación laboral y la cultura de prevención de riesgos es revisando cuáles son las sanciones más frecuentes por la legislación nacional. Para tener una aproximación a este estimado, el estudio ‘Sanciones por infracciones contra la Salud y Seguridad en el trabajo en empresas de Perú, 2011-2013’ brinda algunas luces sobre esta problemática que aún hoy continúa afectando al grueso del empresariado.
El análisis se basó en los datos del registros de sanciones de ‘Seguridad y Salud en el Trabajo’, proveniente de la Dirección de Inspección y Seguridad en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) entre 2011 y 2013. Para esto se basaron en las siguientes variables:
- Año de sanción: obtenida como variable cuantitativa
- Región: donde se ubica la empresa sancionada
- Monto de la multa: impuesto en nuevos soles el MTPE
- Número de trabajadores afectados: cantidad de empleados afectados por la falta sancionada
A continuación las sanciones más recurrentes halladas por el estudio:
- No implementar un sistema de gestión de SST o no tener un reglamento de SST
- El incumplimiento de la obligación de planificar la acción preventiva de riesgos para la SST, así como el incumplimiento de la obligación de elaborar un plan o programa de SST
- No designar a uno o varios trabajadores como supervisor o miembro del Comité de Seguridad y Salud, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada
- Los incumplimientos de las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo, en particular en materia de lugar de trabajo
- El incumplimiento de las obligaciones de implementar y mantener actualizados los registros
- No adoptar las medidas preventivas aplicacables a las condiciones de trabajo que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad de los trabajadores
- No cumplir las obligaciones relativas al seguro complementario de trabajo de riesgo a favor de sus trabajadores, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado
- No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos
- La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que implique riesgos
- No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información sugiciente y adecuada para los trabajadores
- No dar cuenta a la autoridad competente, conforme a lo establecido en las normas de seguridad y salud en el trabajo, de los accidentes de trabajo ocurridos
2. Cuáles son las obligaciones del empleador para evitar las sanciones
La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que los empleadores deben someterse al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo “en función del tipo de empresa u organización, nivel de exposición a peligros y riesgos, y la cantidad de trabajadores expuestos”.
De acuerdo con el artículo 26 del reglamento de la Ley 29783, el empleador está obligado a:
- Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización.
- Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento o área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
- Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la organización en forma eficiente.
- Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador.
- Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con objetivos medibles y trazables.
- Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
- Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.
- Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos.
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