El ex fiscal supremo Avelino Guillén
explica, con mucho detalle, cuáles son los requisitos que se tendrían
que seguir en el caso de un indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori.
Según su evaluación, no se cumplen las exigencias establecidas por la
ley. Advierte que otorgar una gracia en esas circunstancias sería una
enorme “vergüenza”.
¿Se justificaría o no un indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori?
Si
se justifica o no el indulto, eso lo va a determinar la evaluación que
se realice sobre el estado se salud de Fujimori. Pero esa evaluación de
una junta médica designada por la Comisión de Gracias Presidenciales
tiene que realizarse respetando un procedimiento. No puede prescindirse
de lo que establece el reglamento de gracias presidenciales.
¿Por qué considera que se quiere prescindir del proceso reglamentario?
Porque se habla o especula sobre la inminencia de un indulto humanitario,
pero no se conoce de ningún tipo de procedimiento. Ni siquiera se
conoce que el señor Fujimori o un familiar hayan presentado algún tipo
de solicitud o un pedido expreso de otorgamiento de indulto humanitario.
Dicho de otro modo, un requisito indispensable es la solicitud expresa de un familiar.
O del propio interno. Eso lo establece el reglamento.
¿Y podría hacer el pedido una tercera persona?
También.
El tema es que alguien haga lo presente, con la aceptación del interno,
que va a tener que ser sometido a una serie de exámenes médicos. Yo
hasta ahora no conozco de ningún ingreso de un expediente ni solicitud a
la Comisión de Gracias Presidenciales. Acá lo que se quiere es eludir
el cumplimiento de la ley, como si el señor Kuczynski fuera un emperador, un rey. Conceder un indulto violando la ley es inaceptable en un Estado democrático de derecho.
¿Qué pasos exige presentar una solicitud de indulto?
Tienen
que presentarse documentos sobre el comportamiento del interno, las
historias clínicas del paciente, entre otros. En la anterior solicitud,
durante el gobierno de Ollanta Humala, los cuatro hijos llevaron
tremendos paquetes con papeles que fueron dejados en la mesa de partes
del Ministerio de Justicia.
¿Eso no se está cumpliendo ahora?
No. Y si usted recuerda, el señor Luis Galarreta
insistía en que lo único que se necesitaba era “una sola firma” para
solucionar el tema, como si Kuczynski fuera un emperador que está por
encima de las normas. El artículo 118 de la Constitución establece, como
primera obligación de un presidente, cumplir la ley.
¿El presidente no podría otorgar ningún indulto si no se cumplen todos esos requisitos?
Por supuesto que no. Y no lo digo yo, lo dice el propio Tribunal Constitucional,
a raíz del indulto humanitario otorgado al empresario José Enrique
Crousillat en el gobierno de Alan García. En esa ocasión, se otorgó esta
gracia sobre la base de un informe médico falso, y por eso todo se
anuló.
Y el TC señaló una serie de pautas que se tienen que cumplir de manera rigurosa.
Así es. Y además sostiene que el presidente tiene que motivar y fundamentar su decisión. Por eso, después de la sentencia del TC,
el entonces ministro de Justicia Víctor García Toma emite una
resolución ministerial en donde se regula el procedimiento. Así, para un
indulto humanitario tiene que darse, al menos, una situación entre
estas tres que le menciono: padecimiento de una enfermedad terminal,
padecimiento de una enfermedad grave y degenerativa o presencia de una
enfermedad mental crónica. El criterio es si la permanencia del interno
en el penal pone en grave riesgo su vida.
Porque ningún interno puedo morir en la cárcel.
Por
cierto. Cualquier persona merece atención médica. En consecuencia,
cualquiera de esas tres hipótesis tiene que presentarse. Lo cierto es
que, al parecer, el señor Fujimori no está dentro de ninguno de esos
cuadros clínicos establecidos por el reglamento. ¿Entonces cuál es la
salida que se pretende dar? Todo apunta a describir una sumatoria de sus
dolencias…
Para decir que es una persona débil.
(Fujimori)
tiene varias dolencias propias de su edad, pero ninguna de ellas se
encuadra en lo que establece la norma. Lo que se debe exigir,
simplemente, es el cumplimiento de la ley. Otorgar un
indulto humanitario sin que se den los requisitos legales sería una
vergonzosa rendición del Estado de derecho frente a la presión
inaceptable de una agrupación política.
¿Fuerza Popular está presionando al gobierno para que el indulto se produzca?
Si
usted ve el conjunto de las declaraciones de los principales líderes
del fujimorismo, se apunta hacia eso. Todos dicen que el asunto se
arregla con una sola firma, con un solo gesto, pero nadie habla de que
hay que someterse a un procedimiento. Si el señor Fujimori presentara un
cuadro clínico que amerita el indulto humanitario, todos estaríamos de
acuerdo, yo estaría de acuerdo.
Nadie podría estar en desacuerdo con algo así.
Desde luego que no. Pero, de nuevo: se necesita una evaluación médica.
Un indulto humanitario no implica la exculpación, ¿cierto?
No,
pero ellos (los fujimoristas) van a intentar utilizarlo políticamente,
¿no es cierto? Hay dos niveles que se tienen que evaluar. Uno es el tema
clínico, pero el otro es el que tiene que ver con la conducta del
interno. ¿Ha pedido perdón a los familiares de las víctimas? ¿Pagó la
reparación civil? No se ha pagado un sol. ¿De qué proceso de
reconciliación se puede hablar si se quiere imponen un indulto que no se
ajusta a ley? ¿Cómo se puede cerrar una herida con impunidad?
Esta discusión sobre el indulto dejó de ser legal y es eminentemente política, ¿no?
Por lo que se ve, este es un indulto de carácter político.
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